TITULO.S.SOCIAL

 

 

 

Requisitos y Características

El servicio social es de carácter obligatorio y deberá presentarse como requisito previo a la obtención de un título profesional.

Los alumnos y alumnas podrán iniciar la prestación del servicio social cuando cumplan con los requisitos curriculares establecidos en los reglamentos de funcionamiento interno de las escuelas y cuando registren y obtengan la autorización correspondiente por parte de la Dirección de la misma.

El servicio social se deberá desarrollar en actividades relacionadas con el área de formación profesional del prestador/a.

El servicio social deberá de presentarse durante un tiempo no menor de seis meses ni mayor a dos años y el número de horas que requiera será determinado por las características del programa al que se encuentre adscrito el alumno/a, pero en ningún caso será menor a 480 horas; los programas para realizar el servicio social serán aprobados por el consejo académico y autorizados por la Dirección del Conservatorio.

El servicio social podrán realizarlo mediante la presentación de 15 conciertos con 3 repertorios diferentes en diversas instancias gubernamentales.

Al prestador/a del servicio social que sea suspendido/a o cambie de programa, no se le reconocerán las horas que haya cubierto.

Los programas de servicio social podrán ser de carácter interno y de carácter externo. Los de carácter interno son aquellos que se realizan dentro del Instituto, los externos son los que se llevan a cabo en Instituciones diferentes al Instituto.

La prestación del servicio social, por ser éste en beneficio de la sociedad, no creará derechos ni obligaciones de tipo laboral.

Al término del servicio social el prestador/a deberá realizar su trámite de liberación ante la institución en que lo desarrolló.

La carta de liberación del servicio social será expedida de acuerdo a los instructivos correspondientes y será requisito indispensable para la autorización del examen profesional y para la expedición del título profesional correspondiente.

Elaborar y entregar a la Dirección de la escuela informes trimestrales por escrito de las actividades desarrolladas durante el servicio, avaladas por la institución donde se realiza o realizó.